DISPOSICIÓN 427-2018 -Subsecretaría de Salud-M.S.

Unificación del procedimiento de solicitud, entrega y recepción del servicio de alimentación para los Establecimientos Asistenciales

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 30-05-18.-

Operador del Digesto: M.L.E-

 

VISTO:

 

            La necesidad de estandarizar la gestión de la provisión de alimentos en los Establecimientos asistenciales; y

 

         

CONSIDERANDO:

 

          Que el procedimiento de solicitud, entrega y recepción del servicio de alimentación para los establecimientos asistenciales provinciales que contraten esa provisión debe responder a efectivas y estrictas normas de higiene y seguridad alimentaria;

 

          Que con esa finalidad debe comunicarse al personal involucrado el orden y responsabilidad que le cabe en la realización de la tarea;

 

          Que se debe informar al proveedor las necesidades de la provisión y las caracteristicas que debe reunir cada entrega;

 

          Que por lo tanto corresponde dictar el acto administrativo para la unificación del procedimiento;

         

 

POR ELLO

 

EL SUBSECRETARIO DE SALUD

DISPONE:

 

Artículo 1º.- La vianda destinada a pacientes internados y personal de guardia deberá ser solicitada en forma diaria, por escrito, pudiendo utilizarse la vía electronica antes de las 9 hs. al proveedor por el Servicio de Enfermeria según las indicaciones del/la nutricionista y/o médico a cargo de la planta de personal del Establecimiento, de acuerdo a la cantidad de pacientes internados y atendiendo a cada patología.

 

Artículo 2º.- El proveedor deberá entregar la provisión a las 11:45hs en el office de enfermería de internación del establecimiento para permitir el control del/la notricionista y/o médico a cargo. Cada vianda deberá rotularse con número de habitación y cama.  

 

Artículo 3º.- El/la nutricionista y/o médico, deberá controlar el menú entregado, la calidad del alimento, la presentación y envoltorio.

 

Artículo 4º.- la mucama del turno será la encargada de entregar la alimentación a los pacientes una vez que el/la nutricionista haya verificado la entrega.

 

Artículo 5º.-  Regístrese, comuníquese. cumplido. Archívese.

 

 

Firmado: Dr. Gustavo Vera - Subsecretario de Salud - Ministerio de Salud